Objetivos de la Propuesta:
Segundo objetivo:
Al referirse al segundo objetivo de la reforma, Rebolledo afirmó: “Es apremiante adecuar la legislación venezolana en materia de Prevención y Control de los Riesgos de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, a las nuevas recomendaciones emitidas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en febrero del año 2012, conocidas como los “Estándares Internacionales para el Combate del Lavado de Dinero y de Financiamiento del Terrorismo y de las Armas de Destrucción Masiva”. Para ello planteamos la necesidad de incorporar en la LOCDOFT:
Nuevas forma delictivas, tales como, el Contrabando, la Evasión Fiscal, el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masivas.
Publicación oficial del listado de Personas Políticamente Expuestas (PEP) y establecer el criterio para la desclasificación de las mismas.
Definir el criterio de identificación del Beneficiario Final dentro de las estructuras financieras de las empresas y beneficiarios de operaciones financieras asociadas con delitos de delincuencia organizada.
El control de prácticas que atentan contra la transparencia de la gestión pública como por ejemplo “La Vuelta Giratoria”.
Creación de la estructura jurídica y marco regulatorio necesaria para supervisar las Actividades Profesionales y Comerciales no Financieras susceptibles a la Delincuencia Organizada”.
Mencionó el especialista antilavado de dinero que Venezuela logró en el año 2013, salir de la lista de países no cooperantes en materia de combate a la legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, y este año será objeto de una nueva evaluación bajo estándares más rigurosos, que han llevado a países del continente a regresar a dicha lista negra con las consecuencias de cierres de cuentas a sociedades y particulares en el sistema financiero internacional, además de restricciones a financiamientos y los consecuentes costos de hacer negocios internacionales, lo cual perjudicaría aún más la situación económica de Venezuela.
Impacto económico para el país
En relación al impacto económico que esta reforma pudiera generar, Rebolledo explicó: “Es importante analizar, por una parte, los costos que se deriven de la creación de nuevas estructuras y por otro lado la fuente de ingreso que su actuación puede ocasionar a través de la recuperación de bienes, y así tenemos, por ejemplo, que a través de la “confiscación de los bienes”, se establece un mecanismo que permitirá a la República tener un ingreso de activos (bienes muebles, inmuebles y fondos), que podrá administrar y disponer de acuerdo con la planificación financiera y estrategia del Estado, para fines del financiamiento de las estructura de costos generada por la misma LOCDOFT, como por ejemplo: (1) los costos de organización y funcionamiento de una Superintendencia u Oficina Nacional de las Actividades Profesionales y Comerciales no Financieras, y (2) el financiamiento de los beneficios económicos que pueden ser concedidos a los denunciantes y/o testigos de actos de delincuencia organizada y corrupción. Es importante destacar que según declaraciones de ex ministros del partido de gobierno, el desfalco denunciado ante el Consejo Moral Republicano oscila entre los 200.000 y 300.000 millones de dólares”.
Nueva Superintendencia u Oficina Nacional
El doctor Alejandro Rebolledo hizo hincapié a los costos que deben considerarse para la creación de la Superintendencia u Oficina Nacional de las Actividades Profesionales y Comerciales no Financieras, la cual deberá contar con una nueva partida presupuestaria destinada a los gastos de creación, organización y funcionamiento de la referida Superintendencia u Oficina, que dependería jerárquicamente del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de relaciones interiores y justicia.
Rebolledo indicó: “Según lo previsto en el artículo 208 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de acuerdo a los elementos señalados para la reforma, presentamos esta propuesta a los diputados de la Asamblea Nacional, para que sea considerada como un instrumento legislativo con las herramientas necesarias que permitan ampliar e ir creando procedimientos breves, eficaces y expeditos contra los delitos afines a la delincuencia organizada, especialmente los relacionados a la recuperación de los activos vinculados a dichos delitos; la incidencia presupuestaria que la reforma conlleva; la adecuación legal y el fortalecimiento institucional con mayor probabilidad de acceso al financiamiento internacional; y a la necesidad que exige al Estado Venezolano de ajustar el ordenamiento jurídico para establecer las bases de los procesos judiciales que permitan la lucha verdadera, contundente y transparente contra la Delincuencia Organizada y la Corrupción”.
Concluyó enfatizando: “La corrupción no tiene color político, tiene aliados de turno. Cuando ves que hay debilidades institucionales, es cuando necesitamos endurecer las leyes. Nadie quiere politizar este tema, sino que las instituciones se fortalezcan para funcionar bien. No podemos seguir sólo en el diagnóstico, tenemos que aumentar los esfuerzos para hacer que la Ley se cumpla. Hoy no hacemos nada sólo imputando, acusando y condenando. Si no recuperamos los activos, no lograremos resultados efectivos contra la delincuencia organizada”.