Magistrado Rebolledo: La Ley Anticorrupción de EE.UU, acorrala a corruptos del mundo

Alejandro Rebolledo

La Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA), es una ley de EE.UU. destinada a combatir el soborno de funcionarios extranjeros. No importa que no haya ciudadanos estadounidenses involucrados directamente ya que desde 1977, la FCPA permite a los Estados Unidos convertirse en el agente anticorrupción para todo el mundo.

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Aunque el FCPA es una ley estadounidense, forma parte de una nueva generación de normas extraterritoriales en la lucha contra la corrupción administrativa, especialmente contra funcionarios de alto nivel de gobiernos corruptos.

Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA), es una ley de EE.UU

Con la promulgación de ciertas enmiendas en 1998, las disposiciones contra el soborno de la FCPA ahora también se aplican a las empresas y personas extranjeras que causan, directamente o por medio de agentes, un acto en cumplimiento de un pago corrupto que involucre a los Estados Unidos.

Jurisdicción de la Ley

Alejandro Rebolledo afirmó que ““Hay muchos casos en que la conducta total ha tenido lugar fuera de los EE. UU, bien a través de personas, compañías e instituciones gubernamentales. Pero si algo del dinero se transitó a través de los EE. UU., si hubo una cuenta bancaria que se utilizó, o si se usó un servidor con sede en los EE. UU, para enviar un correo electrónico, una transferencia, entonces existe jurisdicción para aplicar la FCPA”.

Casos en particular

Tenemos como ejemplo uno de los mayores casos en la historia de la FCPA, como es el de Petrobras, donde el Departamento de Justicia de EE.UU, le impuso una enorme multa de 853 millones de dólares por sobornar a políticos en Brasil. Y como Petrobras accedió a los mercados de capitales de Estados Unidos, dio lugar a que existiera jurisdicción para la  multa”.

Petrobras es a quien han sancionado con altas multas por FCPA

También hizo referencia al Deutsche Bank que pagó una multa $ 16 millones para resolver los delitos de la FCPA relacionados con la contratación en el año 2015 de familiares de funcionarios públicos en China y Rusia. “Este banco alemán arrojó $ 10.7 millones y pagó una multa de $ 3 millones a la SEC, más intereses previos al juicio de $ 2.4 millones con una orden administrativa interna de violar los libros y registros de la FCPA y las disposiciones de controles de contabilidad interna”. Indicó el magistrado Rebolledo.

Deutsche Bank pagó una multa $ 16 millones para resolver los delitos de la FCPA relacionados con la contratación de familiares de funcionarios públicos.

Normativa de la Ley

Es importante señalar que la Ley FCPA establece normas respecto a dos situaciones: Primero, las disposiciones contra el soborno o el pago corrupto, es decir, la entrega, directa o indirectamente, de dinero o cualquier cosa de valor a un funcionario del gobierno o de un partido político a fin de lograr o retener un negocio u obtener cualquier otra ventaja impropia; y como un segundo  aspecto es que la Ley prohíbe las cuentas y los registros falsos o erróneos, es decir, cualquier acción tendente a falsificar o maquillar los libros o registros contables.

A este respecto el abogado penalista Alejandro Rebolledo señaló que “La FCPA no establece cantidad mínima requerida para que se considere como una violación legal, por lo que cualquier cantidad o valor que se entregue en calidad de soborno o que “maquille” los registros contables de la empresa, pudiera ser contrario a la ley y serán sancionados”

Asimismo, agregó el creador de las Conferencias Internacionales Antilavado de Dinero, contra el Riesgo, el Fraude y el Financiamiento al Terrorismo que : “Cualquier individuo, firma, oficial, director, empleado o agente y cualquier accionista que actúa en nombre de una empresa, que haga u autorice pagos corruptos a través de intermediarios, será castigado, ya que es ilegal hacer un pago a un tercero mientras se sabe que la totalidad o una porción irá directa o indirectamente a un funcionario extranjero. El término “saber” incluye indiferencia consciente e ignorancia deliberativa”.

Alcance de la FCPA

Explicó el Doctor Alejandro Rebolledo, que la aplicación del FCPA no se limita únicamente a las empresas y personas estadounidenses, “sino también a las no estadounidenses, por ejemplo, a quienes  cotizan acciones en las bolsas de valores de EE.UU,  las empresas y personas no estadounidenses, que tienen un nexo jurisdiccional  para utilizar cuentas bancarias con Estados Unidos; y los gerentes, empleados, directores, socios y agentes, incluyendo a distribuidores y consultores, de empresas y personas estadounidenses y no estadounidenses.

Con esto quiero decir, indicó, que si un soborno, por ejemplo, es pagado en Venezuela por una persona o empresa local a otra persona o empresa venezolana, pudiera violar el FCPA si existe algún vínculo, aunque sea indirecto, con Estados Unidos”.

Recomendaciones

Qué hacer en aquellos casos a nivel mundial, donde muchas personas e instituciones están involucradas en asuntos de corrupción transnacional.

Hay que reforzar  la debida diligencia como una necesidad para combatir la corrupción

El especialista antilavado de dinero y contra delitos afines al crimen organizado recomendó “reforzar  la debida diligencia como una necesidad para combatir la corrupción, así como impedir contratar con empresas cuyas casas matrices están involucradas en prácticas corruptas (FCPA) en el extranjero. Es necesario obligar a las personas a prevenir relacionarse con quienes estén en prácticas corruptas como medida disuasiva y preventiva en riesgos de contagio, tal y como lo practica EE.UU”.

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