La OFAC puede otorgar licencias a sancionados para realizar operaciones financieras

Alejandro Rebolledo

Entrevistamos al abogado penalista y especialista antilavado de dinero, Alejandro Rebolledo, sobre las facultades que tiene la OFAC, dentro de sus atribuciones, de otorgar licencias a personas naturales y jurídicas en función de fondos que han sido congelados o bloqueados por instituciones financieras de otros países.

Dijo que:“ La OFAC puede dar licencias específicas, inclusive puede abrir licencias en algún determinado momento con algún país que haya sido sancionado, caso Cuba o Irán, para poder llevar medicinas, tener una relación deportiva o algún tipo de transacciones donde puedan tener alguna transacción puntual en los EEUU”, destacó Rebolledo.

La creación de la Lista Clinton data del año 1999, donde se establecen restricciones como parte de la Kingpin Act, instrumento legal creado por las autoridades de los EEUU para la imposición de sanciones alrededor del mundo a narcotraficantes y sus organizaciones delictivas.

Su propósito es evitar que dichas organizaciones infiltrar o utilizar el sistema financiero de los Estados Unidos para realizar operaciones de lavado de dinero, además de que se beneficien de negocios con sociedades o personas estadounidenses.

El Kingpin Act, establece que cuando el presidente estadounidense considere que las personas y sociedades señaladas en la Lista Clinton han dejado de practicar actividades vinculadas al narcotráfico, podrán ser retiradas de la misma.

La reconsideración del Presidente de EEUU puede darse de dos maneras: por decisión del propio presidente en la cual se dé la orden de la salida de una persona de esta lista Clinton, o a través de una solicitud de quienes fueron incluidos en esa lista.

El Departamento del Tesoro de los EEUU ha dispuesto en su sitio web de una sección para quienes crean necesario pedir una nueva evaluación de sus finanzas. La institución luego de la petición analizará el estado de las finanzas de las personas solicitantes y puede negar la petición o inclusive otorgar de manera transitoria una licencia para realizar operaciones comerciales, hasta incluso el levantamiento de las restricciones en su totalidad.

En el caso de sanciones a Estados, la OFAC ha levantado ciertas restricciones e inclusive otorgado licencias para realizar operaciones comerciales y financieras con algunos estados que han sido sancionados por el Departamento del Tesoro, un ejemplo, Cuba, quien luego del acercamiento en el año 2015 por parte de la administración del expresidente Obama y su homólogo Raúl Castro, se logró por parte de la OFAC el establecimiento de ciertas licencias para realizar operaciones comerciales entre la isla y los EEUU:

“Transacciones relacionadas con la salud – Expansión de oportunidades para la colaboración científica y acceso a las innovaciones médicas

 Investigación médica conjunta. OFAC otorgó una nueva autorización que permitirá a las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos a participar en proyectos conjuntos de investigación médica con ciudadanos cubanos.

Esta autorización incluye tanto la investigación comercial como no comercial.

 Productos farmacéuticos de origen cubano. OFAC otorgó una nueva autorización que permitirá que las transacciones de incidente obtengan la aprobación de la Administración de Medicamentos y Alimentos (FDA) de los Estados Unidos de productos farmacéuticos de origen cubano. Una autorización adicional permitirá la importación a los Estados Unidos, y la comercialización, la venta, u otro tipo de distribución en los Estados Unidos, de los productos farmacéuticos de origen cubano aprobados por FDA.

 Cuentas bancarias. Las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos que participan en las actividades relacionadas con la salud antes mencionadas, también estarán autorizadas a abrir y mantener cuentas bancarias en Cuba para su uso en llevando a cabo la actividad comercial autorizada.

Transacciones relacionadas con cuestiones Humanitarias –

Proveer oportunidades de subvención adicional y fortalecimiento de la infraestructura cubana

 Subvenciones, becas y premios. OFAC extendió la autorización de subvenciones, becas y premios para Cuba o ciudadanos cubanos, para incluir subvenciones, becas y premios relacionados con la investigación científica y las actividades religiosas.

 Servicios relacionados con la infraestructura cubana. OFAC añadió una nueva autorización que permitirá a las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos a ofrecer servicios a Cuba o ciudadanos cubanos relacionados con el desarrollo, la reparación, el mantenimiento y el mejoramiento de cierta infraestructura cubana para beneficiar directamente al pueblo cubano.

Transacciones relacionadas a viajes –

Apoyando el contacto entre personas al facilitar viajes y comercios autorizados

 Importación de mercancías de origen cubano como equipaje acompañado para uso personal. OFAC está eliminando las limitaciones de valor monetario de lo que los viajeros autorizados pueden importar de Cuba a los Estados Unidos como equipaje acompañado. Esto incluye la limitación de valor de productos de alcohol y tabaco. Las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos serán autorizadas más a fondo para importar mercancía de origen cubano adquirida en terceros países a los Estados Unidos como equipaje acompañado, de nuevo sin limitaciones de valor. OFAC también está eliminando la prohibición sobre los viajeros extranjeros que importen productos de alcohol y tabaco de origen cubano en los Estados Unidos como equipaje acompañado. En todos los casos, los productos de origen cubano deben ser importados para uso personal, y se aplicarán los límites normales de exenciones de derechos e impuestos.

 Remesas. Las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos serán autorizadas para hacer remesas a nacionales de terceros países para viajes por nacionales de terceros países, hacia, desde o dentro de Cuba, siempre y cuando el viaje sea autorizado por una licencia general para una persona sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos.

Mercado y comercio –

Reforzando el comercio y las oportunidades comerciales y el crecimiento del sector privado de Cuba

 Transacciones relacionadas a la exportación. OFAC está modificando su licencia general que autoriza ciertos incidentes de transacciones a exportaciones y reexportaciones autorizadas por BIS para eliminar las referencias a “artículos 100% de origen de EE.UU.”

Esto pretende minimizar y aclarar las circunstancias en las que una exportación o reexportación autorizada por BIS requiere licencias adicionales por OFAC.

 Bienes de consumo para uso personal. BIS generalmente autorizará exportaciones de ciertos bienes de consumo que se venden en línea o por otros medios directamente a las personas elegibles en Cuba para su uso personal.

 Importaciones de artículos previamente exportados. OFAC está añadiendo una autorización que permitirá la importación de artículos a los Estados Unidos o a un tercer país que se exportaron o reexportaron previamente a Cuba en virtud de una autorización de BPI o de OFAC. Esta autorización también les permitirán a las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos de mantener y reparar tales artículos. La exportación o reexportación de artículos de reemplazo o artículos que hayan sido reparados o mantenidos deberán autorizarse de forma separada por OFAC y/o BIS, según sea apropiado.

Contratos contingentes. OFAC está añadiendo una licencia general ampliada que autorizará a las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos para entrar a ciertos contratos contingentes para operaciones prohibidas actualmente por el embargo, siempre y cuando la ejecución del contrato esté expresamente supeditada a la autorización previa de OFAC y cualquier otra agencia federal correspondiente, o que la autorización ya no se requiera. Las transacciones normalmente inherentes a la negociación y celebración de dichos contratos también serán autorizados.

 Financiación. OFAC está realizando una corrección técnica para aclarar que los artículos agrícolas, tales como pesticidas y tractores, autorizados por BIS para la exportación o reexportación a Cuba no están sujetos a restricciones en términos de pago. Según los requisitos de la Ley de Reforma de Sanciones Comerciales y Fomento de las Exportaciones (Trade Sanctions Reform and Export Enhancement Act) las exportaciones y reexportaciones autorizadas a Cuba de productos agrícolas, tales como aves domésticas y maíz, siguen estando sujetos a condiciones del pago limitado y la financiación de dinero en efectivo por adelantado o financiación de terceros países”.

También en el caso de Irán y Sudán, la OFAC aprobó las licencias que autorizan la exportación de productos agrícolas, medicamentos y dispositivos médicos a Irán y Sudán en virtud de la Ley de Reforma y exportación de mejora Sanciones Comerciales de 2000 (TSRA), con lo cual dentro de las sanciones introducidas en ambos países por parte del gobierno de los Estados Unidos, se han otorgado licencias en virtud de ayudas humanitarias en cuanto a la exportación de medicinas y exportaciones agrícolas hacia los países antes mencionados.

La Oficina para el Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro y el Departamento de Comercio autoriza licencias a empresas e individuos para participar en una actividad que está prohibida, con frecuencia en base a una directiva del Departamento de Estado. Las licencias reducen cualquier imposición que las sanciones ejerzan sobre los ciudadanos. En 2013, hubo miles de solicitudes de licencias, y entre las diversas peticiones se encontraban permisos para distribuir medicamentos, para vender partes de aviación o para estudiar la vida silvestre. Una licencia de OFAC permitió que Beat the Streets, junto con la federación estadounidense de lucha libre, USA Wrestling, orquestaran una competencia de lucha libre entre deportistas iraníes y estadounidenses en Nueva York.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC)) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió el 14 de junio de 2016, el documento que oficializa la emisión de una licencia general a las tres empresas que conforman el Grupo Félix B. Maduro, lo que permite a los naturales de ese país operar regularmente con el comercio panameño.

Las empresas en cuestión son Importadora Maduro, Maduro Internacional y los almacenes Félix B. Maduro, propiedad de Abdul Waked, panameño de origen libanés incluido en la lista sancionatoria de la OFAC en mayo de 2016, como sospechoso de lavado de dinero procedente del narcotráfico.

Rebolledo explicó que OFAC “puede dar licencias para empresas donde empleados pudieron perder su actividad laboral producto de alguna sanción, incluir la debilidad social y la posibilidad de que sus familias puedan quedar desvalidas, por lo cual OFAC ha tomado medidas a través de licencias pensando desde el punto de vista general y no en lo particular, por lo tanto, las licencias tanto a países como a personas naturales es un punto importante sobre los recursos que da OFAC dentro de las sanciones.

El gobierno panameño en su momento destacó que fue posible gracias a su medicación para garantizar la continuidad laboral de unas 1,300 personas.

El abogado penalista recordó que Venezuela no está incluida en la lista OFAC y que solo hasta ahora se presentan individualidades y recomiendo que lo viable es que los afectados en Venezuela por estar incluidos en esa lista puedan ir a defenderse a los EEUU, llevar las pruebas, apelar ante ellos o en los mismos tribunales estadounidenses.

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