Hay que repatriar los bienes saqueados del país

AlejandroRebolledoCopei

Alejandro Rebolledo, especialista antilavado de dinero, contra riesgos y fraudes financieros, fue invitado al “Foro Viabilidad y Alcances de la Ley de Repatriación de Capitales Forajidos y Lucha Contra el Saqueo Financiero a Venezuela”, realizado en Caracas por el Partido Social Cristiano Copei.

El asesor y consultor explicó los pormenores de la problemática del crimen organizado, especialmente lo relacionado con la recuperación de bienes sacados ilegalmente del país por lo que exhortó a los venezolanos a prestar atención sobre el tema económico actual, el cual trasciende a instancias extranjeras. “Las entidades bancarias internacionales sufren de ceguera voluntaria, porque de cierto modo les conviene tener ese dinero ahí”.

Indicó que “Mientras crece el lavado de dinero y la corrupción, también se extiende la necesidad de recuperar los bienes expatriados del país, como parte de salvaguardar los principios de probidad y transparencia en acciones y procesos que permitan el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática y el funcionamiento de sanas economías en el mundo.

Dicha acción delictiva conduce a la degradación y la desconfianza en las instituciones públicas, el debilitamiento del clima de inversiones privadas y la corrupción en todos sus niveles, por cuanto el saqueo de los activos origina el estancamiento del desa­rrollo de los pueblos.

Señaló que “A partir de las convenciones realizadas por la Naciones Unidas se logró establecer el repatriar los bienes mal obtenidos a los países víctimas o de origen por la cooperación internacional, que si bien esto acelera los procesos, es cierto que en algunos Estados parece existir cierta reticencia a adoptar la modificación de su legislación interna necesaria al efecto. Lo más importante, según las Naciones Unidas, es que si se puede probar que existió malversación o peculado de fondos públicos o privados, blanqueo de fondos públicos o privados o si los activos decomisados provienen de fraudes, sobornos, el dinero puede volver al Estado de origen.

Venezuela no escapa de esta situación delictiva, razón por la cual debe profundiza las acciones para recuperar los activos que se han saqueado. Y debe hacerlo a través de los principios fundamentales que establece la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción en la Resolución 58/4 de la Asamblea General, del 31 de octubre de 2003. Como, entre otros: Restitución de Activos y Asistencia legal mutua y las leyes vigentes en la República Bolivariana de Venezuela.

Para finalizar recordó que para enfrentar a quienes gozan de una riqueza mal habida, “que disfrutan sin ser castigados y sin regresar a la sociedad lo que han saqueado, protegidos por socios y cómplices disfrazados de empresarios, para simular una imagen de decencia y de enriquecimiento legítimo, rápido y perverso, apropiándose ilegítimamente de los recursos de los ciudadanos, contamos con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; la LOCDOFT; COPP; Código de Procedimiento Civil y la Ley Contra la Corrupción”.

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